Adjunto una interesante sentencia de la Audiencia Nacional Sala de lo Contencioso, donde desestima el Recurso Contencioso Administrativo contrala resolución del Directos de la Agencia de Protección de datos de fecha 29 de Julio del 2011, el fondo del asunto se debe a un error que cometió el demandante al requerir el pago a un tercero que no tenia nada que ver con la obligación y que sólo tenia el nombre similar al deudor, por lo que, se confirma la multa de 50,000 euros.
Recurso 527/2011 Audiencia Nacional Sala de lo Contencioso
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