jueves, 18 de julio de 2013

Protección de Datos Personales: Conclusiones del Abogado del TJUE sobre cuestión prejudicial Google Spain vs Agencia Española de Protección de Datos

El 25 de Junio pasado, el abogado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha emitido sus conclusiones en la cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Nacional.

El litigio es con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que–en representación de un ciudadano– había pedido a la empresa de tecnología que eliminase los vínculos que llevasen a los anuncios de un periódico sobre una subasta de inmuebles relacionada con un embargo por deudas con la Seguridad Social, ya que la incautación ya había sido solucionada.

Sobre ello, el abogado en mención, expresó que Google no es responsable del contenido de las páginas web a las que enlaza su servicio de búsqueda. Además, recalcó que la normativa europea no recoge el derecho al olvido generalizado y que «suprimir información legítima equivaldría a censurar». Sin embargo esta valoración no es vinculante, y será el fallo del Tribunal de Justicia el que en los próximos meses dará luz sobre este asunto.
 
Este caso se remonta a 1998, año en el que el ciudadano español denunció que un periódico de gran tirada había publicado estos anuncios, que posteriormente fueron digitalizados, lo que hizo que sus datos aparecían en los motores de búsqueda de Google. Así, en noviembre de 2009 contactó con la editorial del medio para que los eliminase, algo que a lo que el diario se negó al haberse publicado por orden del ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales español. Posteriormente, al no encontrar solución en el gigante tecnológico en febrero de 2010, el afectado decidió presentar una reclamación ante la AEPD contra la editorial y contra Google, siendo esta última la admitida a trámite. Por su parte, Google interpuso un recurso ante la Audiencia Nacional, quien ha pedido opinión al Tribunal de Justicia de la UE.
Conclusiones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Union Europea

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