Mediante la Orden ESS 66/2013 se actualizan las cantidades a tanto alzado de las indemnizaciones por lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo y no invalidantes que deroga la anterior (Orden TAS/1040/2005, de 18 de abril).
Cabe recordar que, la Ley General de la Seguridad Social en su artículo 150 establece que las lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo causadas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que no supongan una incapacidad permanente para el trabajador, pero sí una disminución o alteración de su integridad física, se indemnizarán, por una sola vez, con un cantidad a tanto alzado, que debe ser pagada por la entidad obligada al pago de las prestaciones de incapacidad permanente, y todo ello sin perjuicio de que el trabajador continúe al servicio de la empresa
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